El día de ayer, en muy distintos ámbitos y espacios, se han adoptado importantes decisiones con relación a la defensa de los activos venezolanos en el extranjero, constituyendo “buenas noticias” que deben ser informadas a la ciudadanía que, a pesar de la crisis que le aqueja, tiene derecho a conocer la existencia de las acciones que se ejecutan para su beneficio.
Mientras en el territorio venezolano la dictadura de manera sistemática viola Derechos Humanos, destruye la economía, el medio ambiente y cualquier vestigio de institucionalidad, fuera de nuestras fronteras aún se conservan activos de importancia económica y estratégica, que bien servirán para la reconstrucción del país una vez que cese la usurpación y se restablezca la democracia por medio de elecciones libres, justas y verificables. Entre dichos activos resaltan la empresa refinadora Citgo con sede en los Estados Unidos y las reservas de oro custodiadas en el Banco de Inglaterra, los cuales han sido recuperados y preservados a pesar de las maniobras del régimen para robarlos, regalarlos o empeñarlos, y también, a pesar de ataques de acreedores de diverso orden que pretenden el embargo y ejecución de la mencionada refinería a través de demandas contra Venezuela y empresas estatales, con base en actuaciones ilícitas cometidas por los regímenes de Chávez y de Maduro.
Para la protección de esos activos en el extranjero, la Asamblea Nacional legítima electa en 2015 incluyó en el Estatuto que Rige la Transición a la Democracia, dictado en 2019, la creación de la Procuraduría Especial de la República con atribuciones para ejecutar las actuaciones necesarias para cumplir ese objetivo, particularmente, para contratar y dirigir las firmas de abogados que defenderían en juicios los derechos e intereses de Venezuela en el exterior y para velar por el correcto cumplimiento de los compromisos así adquiridos.
Este órgano comenzó por desalojar de los juicios a los representantes que servían y reconocían al régimen de Maduro y asumió la defensa judicial de Venezuela con bufetes de abogados de primera línea, en consideración de que: a) Son los que tienen los abogados más prestigiosos y a quienes los jueces respetan en mayor grado, y quienes invierten más recursos en mantener sistemas de información que les permiten conocer los precedentes judiciales que se establecen en los Estados Unidos y en el mundo; b) Esas firmas de abogados no acostumbran a incurrir en actos de corrupción para obtener clientes, como sería otorgar comisiones a quienes promueven la contratación de sus servicios; c) Esas firmas tienen el máximo interés de figurar en los primeros lugares en el ranking de casos ganados; y d) La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los EEUU (OFAC) no pone obstáculos para otorgar licencias para pagar servicios jurídicos a esas firmas de reconocido prestigio.
A través del trabajo de estas firmas de abogados, con la supervisión de la Procuraduría Especial y la intervención activa de las Juntas ad hoc del Banco Central de Venezuela y PDVSA, y el Consejo Nacional de Defensa Judicial, también designados por el Gobierno interino y la Asamblea Nacional legítima, hasta ahora, se han logrado satisfactoriamente los objetivos propuestos, en tanto se ha evitado que la dictadura se apropie del oro depositado en Londres y que acreedores de la República se apoderen de Citgo, mientras ésta ha mejorado su capacidad técnica y productiva, reflejando históricos resultados económicos y financieros, aumentando su valor y apuntando a mecanismos para saldar las deudas legítimas de la industria petrolera nacional.
Baste con referir, por una parte, que las cortes británicas, incluida la Corte Suprema del Reino Unido, han reconocido la legitimidad del Gobierno interino y sus instituciones; y por otra, que en los tribunales de los Estados Unidos se ha logrado que la empresa rusa Rosneft reconociera que no posee la prenda sobre el 49% de las acciones de la refinería que había anunciado la dictadura, que aún se discute el embargo decretado desde el año 2018 en la conocida demanda de Crystallex, y que ayer, como una de las buenas noticias que comentamos, la Corte de Apelaciones del Estado de Nueva York decidió aceptar la consulta formulada por la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito del EEUU, en el también conocido caso de nulidad de los Bonos PDVSA2020 y la garantía constituida sobre el 50,1% de las acciones de PDVHolding (propietaria de Citgo), para decidir sobre el argumento de Venezuela relativo a la aplicación de la ley y Constitución venezolana respecto a la discutida nulidad, por haberse emitidos dichos bonos y la garantía por parte de la dictadura sin la aprobación de la Asamblea Nacional. Esta decisión del día de ayer reafirma que existen razones jurídicas válidas para proseguir dicho juicio, el cual, de no haberse instaurado hubiera implicado la automática pérdida de la refinería, pues ya los supuestos acreedores habían obtenido licencia de la OFAC para ello.
La otra decisión a la cual queremos referimos es la adoptada, también el día ayer, por la Asamblea Nacional legítima aprobando la tramitación de un crédito adicional para pagar los honorarios debidos a la firma de abogados que sigue otro emblemático caso, el más cuantioso, representado por el proceso de nulidad de un laudo arbitral dictado en contra de la República condenándola a pagar más de 8.5 Mil Millones de dólares a la empresa Conoco, en el que aún está pendiente la audiencia definitiva que podría llevar a la nulidad del referido laudo. De no pagarse esos honorarios Venezuela quedaría indefensa, en manos de Maduro y de los acreedores, y se perdería el importante trabajo ejecutado hasta ahora por los abogados designados por el Gobierno interino. Además, en caso de quedar firme dicho laudo, seguramente, se atacará a PDVSA y Citgo, como ha sucedido con otros laudos condenatorios contra la república.
Es de advertir que la Procuraduría Especial no repudia indiscriminadamente todas las obligaciones demandadas, sino que actúa a través de las firmas contratadas y bajo el amparo de las licencias OFAC (en los casos en los EEUU) para verificar legitimidad de las acreencias, su justa cuantía y correspondencia con la realidad jurídica, con el objeto de reconocer aquellas que efectivamente serán pagadas a través de un proceso ordenado de restructuración, que sólo será posible en democracia.
Son buenas noticias para Venezuela y su futuro, empero, se debe advertir que se trata de una actividad ardua y continua, que requiere otras importantes y urgentes decisiones por parte de la Asamblea Nacional, que pasan por la inmediata aprobación de los recursos para pagar a otras firmas de abogados que siguen múltiples casos, incluyendo los mencionados del oro de Londres y la nulidad de los Bonos PDVSA2020; y por supuesto, el fortalecimiento de la institucionalidad interina, único mecanismo para mantener el desconocimiento internacional de la dictatura y evitar que ésta o los acreedores se apoderen de los activos venezolanos en el extranjero, hasta ahora protegidos.
Estos activos existen, han sido revalorizados y protegidos, y bien pueden ser la base económica para la reconstrucción del país y/o la atención de la emergencia humanitaria que lo aqueja.